- La medida le fue impuesta “por el presunto uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y actos de campaña, en el marco del proceso electoral 2024”
- Además, el Consejo Local del INE, asume que “existe el riesgo de que los hechos denunciados se repitan, lo cual podría influir en la decisión de la ciudadanía, de cara a la jornada del 2 de junio”
La mañana del 13 de marzo, el PRI estatal citó a conferencia de prensa, en la que informó que presentarían cuatro denuncias en contra de Morena y uno de sus candidatos por distintos supuestos que contravienen la ley electoral; el candidato aludido fue Cuauhtémoc Ocho Fernández, contra quien se presentó un video donde una brigadista, ya en época electoral, ofrecía a un matrimonio joven la inscripción a beneficios de programas federales, a nombre del candidato al Senado por la segunda fórmula del estado.
Sobre ese video en particular, Marco Antonio Mendoza Bustamante dijo esa mañana que “hay un uso de programas sociales, hay un uso de recursos públicos y hay coacción al voto y lo están haciendo de manera sistemática”. Incluso, añadió que todo esto puede conllevar a la nulidad de las elecciones, por todo lo que se está demostrando en los videos, “porque se está haciendo proselitismo con los programas sociales; se están usando los programas públicos en beneficio de los candidatos de Morena”.
Bueno, pues ayer en la tarde, 12 días después de que se anunció la interposición de las denuncias ante el Consejo Local del INE, en sesión extraordinaria urgente, dicho organismo, encabezado por la consejera presidenta María del Refugio García López, resolvió imponer la medida cautelar, por el levantamiento de censos “a favor del denunciado”.
Cita la tarjeta informativa del INE que resolvió la medida cautelar formulada por el PRI, “en contra del partido Morena, y su candidato a la senaduría por el estado de Hidalgo, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, por el presunto uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada, y actos de campaña en el marco del proceso electoral 2024, derivado de los censos levantados a favor del denunciado”.
“En votación unánime -añade el comunicado-, el Consejo Local del INE, declaró procedente la medida cautelar, bajo la figura de la tutela preventiva, ordenar al denunciado deje de realizar levantamiento de censos y promesas de entrega de bienes y servicios, pues en el marco de las campañas electorales se consideró que existe el riesgo de que los hechos denunciados se repitan, lo cual podría influir en la decisión de la ciudadanía, de cara a la jornada del 2 de junio”.
Aclaró finalmente la instancia local del INE, que “es importante precisar que la presente resolución es impugnable ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.