Hidalgo

TEPJF invalida sentencia del TEEH y devuelve al IEEH expediente de mujeres en ayuntamientos

  • La Sala Regional Ciudad de México invalidó la sentencia de enero del TEEH, en la que le pidió al IEEH tomar en cuenta a municipios de Hidalgo que no habían sido antes gobernados por mujeres

En sesión pública, este día la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió en torno al expediente SCM-JDC-7/2024 y acumulados, modificar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), relacionada con los lineamientos de postulación en acciones afirmativas, entre ellos las reglas inclusivas de candidaturas de mujeres a los ayuntamientos para el proceso electoral 2023-2024, que en síntesis significa darle la razón al Instituto Estatal Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH), desde su primer acuerdo, en el que había resuelto que en 20 municipios específicos fueran mujeres las candidatas, por lo que mandató al Instituto a emitir un nuevo acuerdo “que defina de manera fundada y motivada los ayuntamientos en que se deberá postular a mujeres de forma exclusiva”.

Resolvió que “la implementación de acciones afirmativas por parte del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) y su confirmación en la sentencia impugnada (en la) decisión del TEEH, se emitieron de forma oportuna para garantizar diversos principios fundamentales de certeza, paridad de género, igualdad y no discriminación”, por lo que invalidó la sentencia del TEEH, donde había ordenado al Instituto que esta acción afirmativa atendiera los municipios de Hidalgo que no habían sido gobernados antes por una mujer, y por lo que resolvieron el pasado 18 de enero que fueran 27 los municipios obligados para mujeres y no 20.

Así, las 12 impugnaciones que presentaron casi todos los partidos políticos con registro en Hidalgo, -excepto PRD y PNAH- y otros cinco actores, tuvieron a su favor la respuesta del TEPJF, y ahora el IEEH tendrá que convocar a la brevedad a una nueva sesión de Consejo General, pues los partidos tienen menos de un mes para seleccionar y registrar a sus candidatos y candidatas a los 84 ayuntamientos de Hidalgo (16 al 21 de marzo).

Entrevistado al respecto, Marco Antonio Rico Mercado, dirigente estatal de Morena, señaló que una parte importante para que la Sala Regional Ciudad de México tomara esta decisión, fue a raíz de la inobservancia del artículo 119 del Código Electoral del Estado de Hidalgo, que a la letra indica: “de la totalidad de las solicitudes de registro de planillas para ayuntamientos que los partidos políticos presenten, el 50 por ciento deberá estar encabezada por mujeres y el otro 50 por ciento, por hombres”. Aunque sí avalan el tema de la progresividad, es decir, que “se incrementen los alcances”.

En suma y con agrado, dijo, “Morena, y sobre todo en una convicción muy personal: ´viva la reivindicación de derechos, viva la reivindicación histórica de distintos sectores de la población, como es el caso de la mujer en materia política´”

Finalmente, estableció que cada partido debe registrar, cuando menos, 42 candidatas, es decir, las que apruebe el Instituto de forma obligatoria, más el resultante que elija cada partido para que dé ese número, como mínimo.

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